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00027-2020-66-1601-SP-ED-01/LAMBAYEQUE |
Sala Transitoria Especializada en Extinción de Dominio |
Confirmar la resolución que declaró fundado el requerimiento de incautación. |
La
existencia de buena fe, en el ámbito de las medidas cautelares, no corresponde analizar como componente
jurídico, el mismo que debe analizarse
en el principal que se promueva o se haya promovido, con mayor amplitud probatoria y
actividad procesal, porque ello supone decisión de fondo. |
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2 |
0010-2020-0-1601-SP-ED-01/LAMBAYEQUE |
Sala Transitoria Especializada en Extinción de Dominio |
Confirmar la sentencia que declaró fundada la demanda de extinción de dominio. |
El estándar probatorio en extinción de dominio es el de aquello más probable que lo contrario (more probable than the opposite), no es el de certeza más allá de toda duda razonable como en el proceso penal. Por ello, en estos casos, las características del indicio penal, no son las mismas, o al menos no en el mismo tratamiento que los indicios o razonamientos indiciarios para el proceso de extinción de dominio, lo cual no elimina la posibilidad que pudiera, en algún caso, alcanzarse más altos niveles de probanza. |
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3 |
0007-2020-51-1601-SP-ED-01 |
Sala Transitoria Especializada en Extinción de Dominio |
Confirmar el auto que declaró fundado el requerimiento de incautación, ordenándose que los bienes pasen a custodia y
administración al Programa Nacional de Bienes incautados (Pronabi) |
La razón de la incautación solicitada por la Fiscalía no reposa en que los vehículos hayan sido instrumentalizados por ser efecto o ganancia de actividad ilícita, ni que su origen sea ilícito; sino que su destino, a pesar de tener un origen lícito, sería ilícito, ese es el presupuesto de incautación. |
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